El compliance empresarial, o cumplimiento normativo, cambió con la reforma del Código Penal español de 2015. En concreto en lo referente al artículo 31 bis, sobre responsabilidad penal de la persona jurídica. A partir de entonces, las empresas tienen una oportunidad de minimizar sus riesgos y evitar condenas o severas sanciones de responsabilidad civil. La legislación ya contemplaba la responsabilidad penal de la persona jurídica para una serie de delitos que, aunque necesariamente cometidos por una persona física con responsabilidad en la empresa, no recaían exclusivamente en el autor material del hecho, sino que según las circunstancias alcanzan también a la propia entidad.




